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Correo electrónico e incidencia de la firma digital.
Implicancias y desafíos probatorios
Por Gastón Andrés Navarro y Baltazar Avendaño
“El correo electrónico funciona, en un sentido figurado, como el sobre que lleva el contenido epistolar dentro de sí. De esta manera, si la información (rectius: el documento) que transporta lleva firma digital, la validez de dicho documento será mayor, conforme a la ley y, si no fuere así, tendrá entonces el valor probatorio jerárquicamente menor que la ley le asigna a la firma electrónica y que requiere de la complementariedad y concurrencia de otros medios de prueba.”
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Términos mencionados en esta doctrina: digital, documento, electrónico, conforme, electrónica, certificado, existencia.